¿QUE HACER EN CASO DE UN SINIESTRO?
VEHICULAR

En caso de Siniestro, de choque,robo y/o atropello.

En caso de sufrir un sinestro el asegurado deberá informar a la Central de Atencion de VillarBrokers Corredores de Seguros y / o llamar a la Central de Asistencia de la Compañía de Seguros para informar el siniestro ocurrido y su ubicación. Este trámite es requisito indispensable para la atención del siniestro. Adicionalmente le solicitamos que una vez comunicado el siniestro a sus aseguradores, tenga a bien comunicarse con la central de atención de VillarBrokers, para que uno de nuestros ejecutivos de servicios lo pueda atender y asesorar, y de ser necesario poder derivarlo a un miembro de nuestra plana comercial.

Es importante que recuerde que se deberá abstener de realizar cualquier transacción con el tercero involucrado en el siniestro, ya que esta acción automáticamente invalidaría su póliza.

Independientemente de lo expresado por los procuradores de las compañías de seguros o la modalidad en la cual se produjera el siniestro, siempre será un requisito fundamental que el asegurado realice su denuncia policial en la Comisaría del sector, con un lapso no mayor a las 2 horas después de ocurrido el siniestro. Asimismo, si el siniestro involucra otros vehículos o personas, solicítele al procurador de su compañía de seguros y/o personal policial que se acerque al lugar del siniestro o al destacado en la Delegación Policial en la cual se realice la denuncia policial, se cumpla con la toma del examen toxicológico (dosaje etílico) de ley. Usted puede dejar constancia de esto en el “Registro de Procuración” que le entregará el procurador de la aseguradora.

En el caso de sufrir un robo total, y de contar la unidad con un dispositivo GPS, el asegurado deberá llamar a su proveedor en un plazo no mayor a las 4 horas, para que se inicie el rastreo del vehículo. Esta acción le deberá ser comunicada a VillarBrokers para que se puedan iniciar las gestiones con la aseguradora.

En el caso de los siniestros que se produjeran en provincias, será igual de importante que el asegurado cumpla con informar del siniestro y denunciar el mismo en la comisaría más cercana al lugar de los hechos, en el menor tiempo posible.

PACIFICO SEGUROS

Pacífico Asiste 415-1515 (Lima)
Pacífico Asiste 0800-4-1515 (Provincias)

RIMAC SEGUROS

Aló Rimac 411-1111 (Lima)
Aló Rimac 0800-4-1111 (Provincia)

POSITIVA SEGUROS

Línea Positiva 211-0211 (Lima)
Línea Positiva 0800-1-0800 (Provincia)

MAPFRE

Línea Emergencia 213-3333(Lima)
Línea Emergencia 0800-1-0800 (Provincia)

HDI SEGUROS

Alo HDI 230-3030

SALUD

Aviso de accidente o enfermedad.

El asegurado deberá informar a VillarBrokers y a sus aseguradores, inmediatamente ocurrido el accidente o detectada la enfermedad que pueda dar lugar a una indemnización bajo las condiciones de su póliza. La omisión o el retardo sólo son excusables si medió fuerza mayor, caso fortuito o imposibilidad de hecho sin culpa o inegligencia.

Se deja expresa constancia que lo consignado en la presente cláusula en ningún caso limita el derecho del Asegurado de acudir a cualquier instancia judicial o administrativa, si así lo considerara conveniente.

Beneficios Oncologicos.

El afiliado podrá hacer uso de los beneficios de los programas Oncológicos, teniendo cuidado de cumplir con los requisitos y procedimientos que a continuación se detallan:

1.- Requisitos

  • Diagnostico anátomo patológico del Cáncer, extendido por un profesional médico.

  • Remitir la documentación que sustente dicho diagnóstico: exámenes, análisis, radiografías, etc.

  • Figurar en la relación actualizada de afiliados y estar al día en sus pagos.

2.- Procedimiento

  • Antes de realizar cualquier gestión médica, deberá solicitar una cita o apersonarse a Oncosalud S.A.C., con su diagnóstico anátomo patológico positivo.

  • El departamento médico de Oncosalud S.A.C., extenderá al paciente una solicitud de beneficios, refiriéndolo al especialista o clínica más adecuada para su caso. El paciente no debe efectuar pago alguno, ya que Oncosalud S.A.C., no reconoce reembolsos.

  • En caso de prescribirse medicinas, el paciente debe acudir a Oncosalud S.A.C., con la receta del médico tratante para recabarlas.

  • En caso de prescribirse medicinas, el paciente debe acudir a Oncosalud S.A.C., con la receta del médico tratante para recabarlas.

PACIFICO SEGUROS

Pacífico Asiste 415-1515 (Lima)
Pacífico Asiste 0800-4-1515 (Provincias)

RIMAC SEGUROS

Aló Rimac 411-1111 (Lima)
Aló Rimac 0800-4-1111 (Provincia)

POSITIVA SEGUROS

Línea Positiva 211-0211 (Lima)
Línea Positiva 0800-1-0800 (Provincia)

MAPFRE

Línea Emergencia 213-3333(Lima)
Línea Emergencia 0800-1-0800 (Provincia)

HDI SEGUROS

Alo HDI 230-3030

SCTR

¿Cuáles son los procedimientos a seguir en la Entidad Prestadora de Salud (EPS) en caso de un accidente de trabajo o enfermedad profesional?

Aviso de accidente o enfermedad.

En caso que la empresa tenga contratada la cobertura del SCTR-SALUD, se deberán seguir los siguientes pasos:

  • La atención de pacientes se realizará única y exclusivamente red de clínicas y centros médicos afiliados a las aseguradoras. Sin embrago es importante precisar, que de presentarse una emergencia y estar alejados de una clínica o centro médico reconocido por la aseguradora, el asegurado podrá ser evacuado al centro de salud más cercano.

  • De ser necesaria la evacuación del herido en ambulancia, llamar a VillarBrokers o al número de Emergencia de su aseguradora, para poder coordinar el envío de una ambulancia.

  • Ingresar en la clínica al trabajador herido y entregar en recepción el formato de solicitud de “Atención Médica por Accidentes de Trabajo”, con los datos del trabajador y la empresa completos.

  • De existir documentos por gastos efectuados, estos se deberán remitir a VillarBrokers para gestionar su reembolso, adjuntando la solicitud de “Atención Médica por Accidentes de Trabajo” y la documentación adicional que sustente la atención realizada.

  • Los honorarios médicos deberán ser girados a nombre del accidentado y los de farmacia, análisis, radiografías, etc., a nombre de su aseguradora.

Rimac EPS RUC No.: 20414955020
Mapfre EPS RUC No.: 20517182673
Pacifico EPS RUC No: 20431115825

  • En caso un trabajador asegurado sea atendido en un centro médico que no pertenezca a la red de proveedores afiliados a la EPS de su asegurador, la modalidad de indemnización por los costos de las atenciones será a través de reembolso. Para lo cual el empleador deberá adjuntar la siguiente información:

  • Formato físico o electrónico de Solicitud de Atención Médica por Accidente de Trabajo (debidamente llenada, sellada y firmada por el representante legal de la entidad empleadora y por el médico tratante).

  • Facturas originales emitidas a nombre de su asegurador, indicando el número de RUC correspondiente para el caso de gastos de procedimientos, análisis y/o medicinas. Para reembolso de análisis y procedimientos se deberá adjuntar resultados.

  • Recibo por honorarios médicos originales emitidos a nombre del asegurado.

  • Los comprobantes de pago no pueden tener una antigüedad mayor a 60 (sesenta) días de la fecha de su emisión.

  • Para reembolso de gastos por medicinas se deberá adjuntar la receta médica original detallada (indicando cantidad, nombre y costo de cada medicamento), debidamente suscrita por el médico tratante.

¿Qué accidentes no se consideran como accidente de trabajo?

  • Los que se producen en el trayecto de ida y retorno al centro de trabajo.

  • Por participación en riñas u otra acción ilegal.

  • Por incumplimiento del trabajador de orden estricta específica del empleador.

  • En ocasión de actividades recreativas, deportivas o culturales.

  • Los que sobrevengan durante permisos, licencias, vacaciones.

  • Por uso de sustancias alcohólicas o estupefacientes.

  • Los que sean a consecuencia de guerra civil o internacional, conmoción civil o terrorismo y similares.

  • Convulsión de la naturaleza (terremoto, maremoto, etc.).

  • Fusión nuclear.

  • Lesiones voluntariamente autoinflingidas o autoeliminación o su tentativa.

Todo accidente que no sea calificado como accidente de trabajo, así como toda enfermedad que no sea calificada como enfermedad profesional; serán tratados como accidentes o enfermedades comunes sujetas al régimen general del seguro social de salud y al sistema pensionario al que se encuentra afiliado el trabajador.

Documentación para la obtención de la pensión de sobrevivencia

Para obtener la pensión de sobrevivencia, los beneficiarios se dirigirán directamente a la aseguradora, adjuntando la siguiente información y documentación:

  • Certificado médico de defunción.

  • Atestado policial y certificado de necropsia, en caso de muerte accidental.

  • Solicitud de pensión de sobrevivencia acompañada de la documentación que acredite su condición de beneficiario.

  • Declaración jurada de la entidad empleadora y de anteriores empleadores, de ser el caso, en la que se acrediten las remuneraciones percibidas por el asegurado durante los 12 meses anteriores al siniestro.

La aseguradora puede exigir la autopsia o exhumación del cadáver para establecer la causa de la muerte.

Documentación para la obtención del reembolso por gastos de sepelio

Las personas que reclamen los gastos de sepelio deberán presentar, adicionalmente, la solicitud de reembolso y las facturas, boletas de venta y recibos originales que sustenten los mismos. El reembolso se pagará a la persona que haya efectuado el gasto de sepelio según lo que conste en los comprobantes de pago. Estos documentos deben estar emitidos a nombre de la persona natural o jurídica que solicite el reembolso.

Documentación para la obtención de la pensión de invalidez

Para obtener la pensión de invalidez, el asegurado igualmente debe dirigirse a la aseguradora, presentando una solicitud en los formatos proporcionados por ésta, acompañadas de la siguiente información y documentación:

  • Certificado del médico que prestó los primeros auxilios, expresando las causas del accidente y las consecuencias inmediatas producidas en la salud del paciente.

  • Certificado del médico tratante, con la indicación de la fecha de inicio y naturaleza del tratamiento recibido, así como la fecha y condiciones de alta o baja del paciente.

  • Certificado de inicio y fin del goce del subsidio de incapacidad temporal otorgado por EsSalud.

  • Declaración jurada de la entidad empleadora y de anteriores empleadores, de ser el caso, en la que se acrediten las 12 últimas remuneraciones percibidas por el asegurado hasta la fecha de inicio de las prestaciones de invalidez, incluyendo los subsidios por incapacidad temporal que hubiere percibido a cargo de EsSalud.

Documentos necesarios en caso de siniestros para las pólizas de Vida Ley

En caso de fallecimiento:

  • Documento de identidad del asegurado.

  • Acta o partida de defunción.

  • Certificado médico de defunción.

  • Tres últimas boletas de pago (en caso de muerte natural) o la última boleta de pago (en caso de muerte accidental).

Adicionalmente, en caso de muerte accidental, deberá presentar:

  • Atestado policial.

  • Protocolo de necropsia.

En caso de invalidez total y permanente por accidente, deberá presentar:

En caso que la Entidad Empleadora tenga contratada la cobertura del SCTR-SALUD, se deberán seguir los siguientes pasos:

  • Documento de identidad del asegurado.

  • Copia de la historia clínica (la cual deberá estar debidamente foliada y fedateada por el funcionario autorizado de la institución prestadora de servicio de salud).

  • Informe médico reciente indicando diagnóstico.

  • Dictamen de invalidez de la comisión médica evaluadora de incapacidad del MINSA o ESSALUD.

Se recomienda que todos los documentos sean entregados en original o copia legalizada/certificada. La aseguradora podrá exigir documentos adicionales vinculados al siniestro, necesarios para la evaluación de la cobertura. Los reclamos y las acciones fundadas en la póliza prescriben al vencimiento del plazo legal establecido.

PACIFICO SEGUROS

Pacífico Asiste 415-1515 (Lima)
Pacífico Asiste 0800-4-1515 (Provincias)

RIMAC SEGUROS

Aló Rimac 411-1111 (Lima)
Aló Rimac 0800-4-1111 (Provincia)

POSITIVA SEGUROS

Línea Positiva 211-0211 (Lima)
Línea Positiva 0800-1-0800 (Provincia)

MAPFRE

Línea Emergencia 213-3333(Lima)
Línea Emergencia 0800-1-0800 (Provincia)

HDI SEGUROS

Alo HDI 230-3030